Sentencia Tribunal Supremo 663/2015, diecisiete noviembre dos mil quince
Sala de lo Civil
Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
ROJ: STS 4895/2015
ECLI:ES:TS:2015:4895
Contrato de seguro. Acción de repetición de la aseguradora al conducir el conductor asegurado bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Las condiciones limitativas deben constar aceptadas por el tomador del seguro, no correspondiendo su aprobación al asegurado, en los seguros individuales, cuando éste sea diferente del tomador.
Como indica la propia sentencia en su fundamento de derecho cuarto, "(...) en los seguros individuales es el tomador el que debe suscribir la póliza aceptando, en su caso, las condiciones limitativas, de ahí que las condiciones contractuales convenidas por el tomador se extienden al asegurado que no es necesario que se adhiera".
Para el caso de seguros colectivos nos remite a la sentencia de veinte enero dos mil quince (rec. 196/2013), "donde fueron objeto de análisis".
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