Sentencia del Tribunal Supremo 321/2015, de dieciocho de junio de dos mil quince
Sala de lo Civil
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ROJ: STS 2571/2015
ECLI:ES:TS:2015:2571
Protección de menores. Competencia de la administración para
acordar la suspensión del régimen de visitas de un menor con su madre biológica.
La Entidad Pública está legitimada para decidir sobre la suspensión del régimen de visitas y comunicaciones de los menores bajo su tutela por ministerio legal y en acogimiento residencial respecto de sus padres biológicos, a fin de garantizar el buen fin de la medida de protección acordada, sin perjuicio de la función supervisora del Ministerio Fiscal y del preceptivo control judicial de la resolución administrativa adoptada, a quienes se dará cuenta inmediata de la medida adoptada.
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