Sentencia Tribunal Supremo 28/2014, de veintinueve de enero de dos mil catorce
Sala de lo Civil
Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
ROJ: STS 434/2014
ECLI:ES:TS:2014:434
Derecho al honor. Inclusión por error de datos personales en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) por la entidad bancaria demandada. Caducidad de la acción, infracción continuada.
El inicio del plazo de caducidad se produce cuando los datos dejan de estar incluidos en el fichero.
Alegación de intromisión ilegítima en el derecho al honor por constar como fiador de un préstamo en el fichero de la Central de Información de Riesgos del Banco de España. No constituye tal vulneración porque la condición de fiador no supone desmerecimiento alguno.
lunes, 12 de diciembre de 2016
lunes, 5 de diciembre de 2016
PRESIDENTE COMUNIDAD. RECLAMACIÓN DAÑOS CONSTRUCTIVOS ELEMENTOS PRIVATIVOS
Sentencia Tribunal Supremo 183/2014, de once de abril de dos mil catorce
Sala de lo Civil
Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ROJ: STS 1703/2014
ECLI:ES:TS:2014:1703
Propiedad horizontal. Legitimación activa del presidente de comunidad de propietarios para reclamar judicialmente los daños producidos por defectos constructivos del edificio en los elementos privados de la comunidad
Se reitera doctrina jurisprudencial.
En relación con la legitimación del Presidente de la Comunidad para reclamar judicialmente los daños ocasionados por los defectos constructivos en los elementos privativos del edificio, es suficiente con el acuerdo expreso de la Junta de autorización del ejercicio de acciones judiciales, salvo que exista oposición expresa y formal al mismo.
En relación con la legitimación del Presidente de la Comunidad para reclamar judicialmente los daños ocasionados por los defectos constructivos en los elementos privativos del edificio, es suficiente con el acuerdo expreso de la Junta de autorización del ejercicio de acciones judiciales, salvo que exista oposición expresa y formal al mismo.
miércoles, 30 de noviembre de 2016
CONTRATO SERVICIOS. CLÁUSULA ABUSIVA. DESISTIMIENTO UNILATERAL
Sentencia Tribunal Supremo 152/2014, de once de marzo de dos mil catorce
Sala de lo Civil
Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ROJ: STS 1484/2014
ECLI:ES:TS:2014:1484
Contrato de servicios. Cláusula abusiva. Condiciones generales de la contratación. Pena convencional de ejercicio de desistimiento unilateral de las partes: improcedencia de la facultad de moderación. Subsistencia del contrato y eficacia resultante.
Se fija doctrina jurisprudencial.
La declaración de abusividad de las cláusulas predispuestas bajo condiciones generales, que expresamente prevean una pena convencional para el caso del desistimiento unilateral de las partes, no permite la facultad judicial de moderación equitativa de la pena convencionalmente predispuesta; sin perjuicio del posible contenido indemnizatorio que, según los casos, pueda derivarse de la resolución contractual efectuada.
lunes, 28 de noviembre de 2016
DILIGENCIAS FINALES. PRESUPUESTOS PARA ACORDAR SU ADOPCIÓN DE OFICIO
Sentencia Tribunal Supremo 773/2010, de treinta de noviembre de dos mil diez
Sala de lo Civil
Ponente: JUAN ANTONIO XIOL RIOS
ROJ: STS 7211/2010
ECLI:ES:TS:2010:7211
Diligencias finales en el juicio ordinario: requisitos; su adopción en segunda instancia. Recurso extraordinario por infracción procesal: alegación de la infracción a través de un motivo inadecuado.
En el procedimiento ordinario (no así en el verbal, en que las diligencias finales no tienen cabida) la práctica de las diligencia finales exige la petición de parte según impone el artículo 435.1 LEC. La práctica de diligencias finales de oficio por parte del tribunal es excepcional, conforme establece el artículo 435.2 LEC, y solo se autoriza «si los actos de prueba anteriores no hubieran resultado conducentes a causa de circunstancias ya desaparecidas independientes de la voluntad y diligencia de las partes». Es posible su adopción en la segunda instancia siempre que se ajuste a lo prescrito.
En el caso examinado la entidad demandada, durante la primera instancia, no propuso prueba dirigida a acreditar la existencia del pacto verbal con la actora que alegó en la contestación a la demanda. Sin entrar en consideraciones sobre la relevancia de las diligencias finales acordadas de oficio en segunda instancia, basta la constatación de que en la primera instancia no se propuso ni practicó prueba sobre el hecho a cuya acreditación se dirigieron las diligencias finales para declarar que no procedía acordar
de oficio la práctica de dichas diligencias, por no concurrir la situación excepcional de insuficiencia de pruebas practicadas por circunstancias ya desaparecidas e independientes de la voluntad y diligencia de la parte sobre el indicado hecho.
sábado, 26 de noviembre de 2016
ERROR JUDICIAL. LESIONES CON SECUELAS. PRESCRIPCIÓN
Sentencia Tribunal Supremo 196/2014, de dos de abril de dos mil catorce
Sala de lo Civil
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ROJ: STS 1230/2014
ECLI:ES:TS:2014:1230
Error judicial de sentencia que estimó la excepción de prescripción. Doctrina del error judicial. Error patente.
La demanda de declaración de error judicial ha de ser estimada. En la alternativa de fijar el día inicial para el cómputo del plazo de un año establecido en los arts. 1968 y 1969 CC para la prescripción de las acciones por culpa extracontractual, bien el correspondiente a la fecha en que al actor se le reconoció y declaró por primera vez la situación de incapacidad permanente para el desempeño de sus funciones como funcionario de Correos y telégrafos, con reconocimiento de pensión de jubilación por tal contingencia, de forma similar a lo que supone para un trabajador de cualquiera de los regimenes que integran la Seguridad Social, la resolución de la SS en tal sentido, bien el correspondiente a un informe pericial privado que se acompañó a la solicitud de reconocimiento de jubilación por incapacidad, el criterio decisor, como dice el demandante, es el primero y no el segundo. Lo contrario supone incurrir en un error patente al prescindir de la jurisprudencia de esta Sala que desautoriza por completo aquella otra solución.
La sentencia de 21 de enero de 2014, de error judicial, reitera que "es jurisprudencia constante de esta Sala que en los casos de lesiones con secuelas el plazo de prescripción de la acción de responsabilidad civil por culpa extracontractual no comienza a correr hasta la estabilización de las secuelas, e incluso puede retrasarse más aún cuando, seguido expediente para determinar la repercusión de las lesiones en la capacidad laboral del perjudicado, este no se conforma con la resolución administrativa correspondiente (SSTS 11-2-2011 en recurso núm. 1418/07, 5-7-2011 en recurso núm. 2174/07 y 19-11-2011 en recurso núm. 1331/07, con cita en todas ellas de muchas otras anteriores).
viernes, 25 de noviembre de 2016
ACCIÓN REPETICIÓN ASEGURADORA. PLAZO PRESCRIPCIÓN
Sentencia Tribunal Supremo 257/2014, de trece de mayo de dos mil catorce
Sala de lo Civil
Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
ROJ: STS 1913/2014
ECLI:ES:TS:2014:1913
Acción de repetición de la aseguradora contra el conductor del vehículo causante de un accidente (conductor bajo la influencia de bebidas alcohólicas). Proceso penal previo. Suspensión del plazo de prescripción.
Se ratifica la doctrina jurisprudencial que interpreta el art. 10 del Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, en el sentido de que la acción de repetición, sustentada en el seguro obligatorio, prescribe por el transcurso del plazo de un año, contado a partir de la fecha en que se hizo el pago al perjudicado, sin perjuicio de la eficacia interruptiva del proceso penal seguido, por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, contra el conductor del vehículo.
jueves, 24 de noviembre de 2016
RESOLUCIÓN CONTRATO PERMUTA. INDEMNIZACIÓN A CONCEDER
Sentencia Tribunal Supremo 405/2015, de dos de julio de dos mil quince
Sala de lo Civil
Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
Roj: STS 3203/2015
ECLI:ES:TS:2015:3203
Resolución de contratos de permuta de solar por edificación futura por incumplimiento. Interpretación del contrato en cuanto a la indemnización a conceder.
Resolución de contratos de permuta de solar por edificación futura estimada en la instancia, revocándose por la Audiencia Provincial la cantidad a indemnizar por vivienda que se limitó a la cantidad garantizada por aval.
La interpretación de la Audiencia Provincial es contraria a la literalidad del contrato: la cantidad máxima del aval no constituía una cláusula liquidatoria de los daños y perjuicios que limitara el resarcimiento de los sufridos y supusiera una renuncia a los que superaran el aval, renuncia que sería nula por la conducta dolosa de la inmobiliaria. Se revoca la sentencia.
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