Sentencia del Tribunal Supremo 452/2014, de veinticuatro de septiembre de dos mil catorce
Sala de lo Civil. Pleno
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ROJ: STS 3817/2014
ECLI:ES:TS:2014:3817
Validez internacional del pasaporte. Protección de menores.
El inmigrante de cuyo pasaporte o documento equivalente de identidad se desprenda su minoría de edad no puede ser considerado un extranjero indocumentado para ser sometido a pruebas complementarias de determinación de su edad, pues no cabe cuestionar sin una justificación razonable las razones por las que se considera que el documento no es fiable y que por ello se debe acudir a las pruebas de determinación de la edad. Juicio de ponderación de las razones por las que se realizan pruebas cuando se dispone de un pasaporte válido y ya se trate de personas documentadas como indocumentadas, las técnicas médicas, especialmente si son invasivas, no podrán aplicarse indiscriminadamente para la
determinación de la edad.

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