martes, 17 de enero de 2017

DACIÓN EN PAGO. ANULACIÓN DE LA HIPOTECA AL ENTREGAR LA VIVIENDA

Sentencia 297/2016 del Juzgado nº 10 de lo Mercantil de Barcelona, de 7 diciembre
Dación en Pago

Contempla la posibilidad de la Dación en Pago, como solución a muchas familias que en su día suscribieron contratos con cláusulas de responsabilidad ilimitada.

Declara nula por falta de claridad la cláusula de responsabilidad ilimitada que figuraba en el contrato de préstamo hipotecario suscrito por unos particulares con la entidad bancaria Bankia. Concluyendo que la demandada no había acreditado suficiente el haber informado “perfectamente” a sus clientes de la trascendencia económica que implicaba dicha cláusula.

Del fallo de la sentencia se extrae que: “la simple lectura del contrato por parte del notario no es condición suficiente de transparencia”. El juez se basa, para llegar a esta conclusión, en la jurisprudencia del TSJUE que determina que el juez debe examinar de oficio la abusividad de los contratos con consumidores.

Así, anula la responsabilidad personal de un contrato de hipoteca  vinculado al IRPH con vencimiento el 26 junio 2036. Además, y al amparo del art. 51 de la Constitución, también anula la cláusula contractual por la que se establecían unos fiadores solidarios con responsabilidad ilimitada.

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