viernes, 15 de septiembre de 2017

OBLIGACIÓN ALIMENTICIA. DEVOLUCIÓN PENSIONES

Sentencia Tribunal Supremo 483/2017, de veinte de julio de dos mil diecisiete
Sala de lo Civil
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
Roj: STS 3021/2017
ECLI: ES:TS:2017:3021

Modificación de medidas. Efectos temporales de la sentencia que extingue la obligación alimenticia.

Cada resolución habrá de desplegar su eficacia desde la fecha en que se dicte, siendo solo la primera resolución que fije la pensión de alimentos la que podrá imponer el pago desde la fecha de interposición de demanda (porque hasta esa fecha no estaba determinada la obligación), no así las restantes resoluciones que modifiquen su cuantía (sea al alza o a la baja), las cuales solo serán eficaces desde que se dicten (momento en que sustituyen a la primera resolución que estableció la pensión de alimentos), por lo que no puede obligarse a devolver, ni en parte, las pensiones percibidas, por supuesto consumidas en necesidades perentorias de la vida.

miércoles, 6 de septiembre de 2017

CAIDA EN UNA IGLESIA. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL

Auto Tribunal Supremo, de diecinueve de julio de dos mil diecisiete
Sala de lo Civil
Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
Recurso: 1311/2015
Roj: ATS 7551/2017
ECLI:ES:TS:2017:7551A

Responsabilidad extracontractual. Caída en una Iglesia.

El Tribunal Supremo inadmite recurso de casación y declara firme la sentencia dictada por la Audiencia Provincial que, revocando la dictada en instancia, desestimó la demanda:

La actora desarrollaba de forma voluntaria labores de limpieza en una tarima elevada para la colocación de una imagen religiosa. Caída producida por la propia actividad, descuido, distracción o falta de atención de la demandante.